Límites en CALLES (según zona acústica)
| Zona | Día | Noche |
|---|---|---|
| Zona residencial | 65 | 55 |
| Zona mixta | 70 | 60 |
| Zona ocio / tráfico | 70–75 | 65 |
Específico para locales (bares/restaurantes)
- Si un local con terraza o música está junto a viviendas, la ordenanza exige que el ruido desde la fachada no supere:
- 30 dB en el dormitorio desde las 7:00 hasta las 23:00
- 25 dB entre las 23:00 y las 7:00
- Esto se mide desde el interior de la vivienda afectada.
Límites en CALLES (ruido ambiental)
¿Cuándo la terraza es denunciable?
Pueden denunciar si hay:
- Ruido molesto y reiterado
- Clientes después del horario permitido
- Terraza fuera de horario
- Más mesas de las autorizadas
- Clientes de pie
- Molestias continuadas por la noche
👉 No necesita medir decibelios.
Pueden denunciar si hay:
- Ruido molesto y reiterado
- Clientes después del horario permitido
- Terraza fuera de horario
- Más mesas de las autorizadas
- Clientes de pie
- Molestias continuadas por la noche
👉 No necesitan medir decibelios.
El restaurante es responsable de:
Controlar el ruido de clientes dentro
- Gritos
- Celebraciones
- Cumpleaños
- Arrastre de sillas
- Portazos
“No puedo controlar a los clientes” NO es excusa legal.
✔️ Madrid y Barcelona tienen límites casi idénticos en viviendas
✔️ Dormitorios de noche: 25 dB
✔️ El ruido de terrazas y calle sí cuenta
✔️ El bar es responsable incluso del ruido en la vía pública
✔️ Si se oye claramente conversación → casi seguro exceso legal
MULTAS POR RUIDO — RESUMEN RÁPIDO
RESUMEN CLARO Y COMPARADO de las MULTAS por ruido en BARCELONA y MADRID (bares, restaurantes, terrazas y calle).
BARCELONA
Ordenanza del Medio Ambiente + Ordenanza de Terrazas + Ordenanza de Civisme
| Infracción | Multa |
|---|---|
| Leve (molestias puntuales) | hasta 750 € |
| Grave (ruido reiterado, nocturno, terraza fuera de horario) | 750 – 1.500 € |
| Muy grave (reincidencia, afectación grave al descanso) | 1.500 – 3.000 € |
Medidas adicionales:
- Retirada de mesas y sillas
- Reducción de horario
- Cierre temporal
- Retirada de licencia o terraza
MADRID
OPCAT + Ordenanza de Terrazas
| Infracción | Multa |
|---|---|
| Leve | hasta 750 € |
| Grave | 750 – 1.500 € |
| Muy grave | 1.500 – 3.000 € |
Medidas adicionales:
- Cierre de terraza
- Reducción de horario
- Obras obligatorias de insonorización
- Suspensión o retirada de licencia
PUNTOS CLAVE (ambas ciudades)
✔️ El responsable siempre es el local
✔️ El ruido de clientes también cuenta
✔️ No necesitas sonómetro
✔️ La reiteración agrava la sanción
✔️ El descanso vecinal prevalece
🧠 EN UNA FRASE
👉 Molestia puntual → hasta 750 €
👉 Molestia reiterada/nocturna → hasta 1.500 €
👉 Reincidencia grave → hasta 3.000 € + cierre